De esta manera, rechazó el pedido de un litigante que se basaba en la premisa instalada para cobrar más por sus bonos que estaban atados al coeficiente CER, que fuera elaborado tomando como base los índices de precios al consumidor. Por lo tanto el bonista consideraba que se había subestimado la inflación.
Exigía que se le reconozcan pagos por Bonos de Consolidación ajustables por CER. Puesto que consideraba que fueron mal pagos ya que el INDEC calculó el índice tomando como base el de precios al consumidor formulados con métodos arbitrarios e ilegales a decir de la actora.