Declaran Inválido el Artículo del DNU de Milei que Habilita Sociedades Anónimas Deportivas en el Fútbol | Sin Censura – Periodismo independiente

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La Justicia Federal de Mercedes decidió declarar inválido el artículo de un Decreto de Necesidad y Urgencia (DNU) que permitía a los clubes convertirse en Sociedades Anónimas Deportivas (SAD). La medida la impulsó la Liga de Fútbol de Salto y responde a cambios propuestos por el presidente Javier Milei.

El Juzgado Federal de Mercedes, al hacer lugar a la medida cautelar presentada por la Liga de Fútbol de Salto, ordena la suspensión de los artículos 335° y 345° del DNU 70/2023 emitido por el presidente Milei. La resolución, dictada por el juez federal Elpidio Portocarrero Tezanos Pinto, destaca que la entrada en vigencia de la normativa impugnada altera el estado de situación de las entidades deportivas, afectando su capacidad para desarrollar su vida asociativa.

La decisión judicial se basa en la solicitud presentada por el abogado Alejandro Inga, representante legal de la Liga de Salto. La Justicia argumenta que la normativa impugnada afecta a un colectivo de incidencia social, como son las entidades deportivas, al limitar su capacidad para llevar a cabo actividades asociativas.

Contexto del DNU y Reacciones:

El DNU emitido por el presidente Javier Milei había introducido cambios sustanciales al permitir la formación de Sociedades Anónimas Deportivas en el ámbito futbolístico. La reacción inmediata de la Liga de Fútbol de Salto, a través de la presentación legal, llevó a esta declaración de invalidez por parte de la Justicia Federal.